Diferencias entre Prescripción y Caducidad
Se puede definir la precripción como un modo de adquirir bienes ajenos, o de extinguir las acciones o derechos ajenos, que por haberse poseido el bien o la cosa durante un periodo de tiempo y de no ejercer la acción el titular del derecho se presume que hubo abandono y con ello los poseedores de buena fe pueden adquirir el bien o la cosa abandonada. Art. 2512 Código Civil. Ahora la Caducidad viene del verbo "caducar", el cual se define como la extinción del derecho a la acción por el plazo o termino prefijado por el legislador en las leyes para que se ejerzan ciertas acciones sobre derechos discutibles. En sentencia T-433 de 2002, la Corte Constitucional expreso lo siguiente, refiriendose a su concepto y operencia: "Consiste la caducidad en el fenómeno procesal de declarar extinguida la acción por no incoarse ante la jurisdicción competente dentro del término perentorio establecido por el ordenamiento jurídico para ello. Opera la caducidad ipso iure, vale...